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Noticia - Compliance Gral.

NOTA INFORMATIVA SOBRE OBLIGACIONES DE COMPLIANCE PARA EMPRESAS QUE OPEREN CON CRIPTOACTIVOS.

La tecnología blockchain aumenta la confianza, seguridad, transparencia y trazabilidad de los datos compartidos en una red empresarial y, además, proporciona a las empresas la posibilidad de obtener nuevas fuentes de financiación, de abaratar costes y de ampliar el acceso a sus servicios a todo tipo de consumidores, tanto grandes como pequeños, agilizando los procesos burocráticos en un ambiente con una alta competitividad. 

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el Reglamento MICA, que regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos, posicionando a Europa a la vanguardia del sector al ser el primer marco jurídico del mundo en la materia.  

Las empresas que operen con determinados criptoactivos deberán publicar un white paper con determinada información para obtener la autorización que les exige la CNMV, y, además, deberán cumplir ciertos requisitos prudenciales, establecer procedimientos de detección, gestión y revelación de posibles conflictos de interés, y contar con un procedimiento de gestión de quejas y reclamaciones. 

Asimismo, se ha publicado en el DOUE un segundo Reglamento en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (Reglamento TFR: Transfer of Funds Regulation) relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos. 

El Reglamento TFR eleva significativamente los estándares de cumplimiento normativo, fundamentalmente en materia de Know Your Client, a los proveedores de servicios de criptoactivos como bancos, fondos de inversión, entidades de crédito, etc. (que no sean considerados instrumentos financieros), estableciendo la obligación de implementar un marco integral de cumplimiento con políticas, procedimientos y controles internos que garanticen que cada transferencia de criptoactivos venga acompañada de determinada información. Tanto el incumplimiento de esta obligación de información como la de implantar procedimientos eficaces basados en el riesgo conllevará la imposición de severas sanciones y la revocación de la licencia para operar con criptoactivos. 

Las empresas tendrán que contar con personal altamente capacitado para comprender los riesgos inherentes a esta nueva tecnología, así como mejorar sus procedimientos de monitoreo de transacciones a través de la implementación de soluciones tecnológicas que garanticen el intercambio seguro y eficiente de la información.  

 

MÁS INFORMACIÓN:  

https://www.expansion.com/juridico/opinion/2023/06/09/64831385e5fdeadb4f8b45f0.html 

 

Noticia - Compliance Gral. - España

LA OFICINA ANTRIFRAUDE DE CATALUÑA HA EMITIDO UNA RESOLUCIÓN PARA PROTEGER A UNA DENUNCIANTE QUE HABÍA SUFRIDO REPRESALIAS.

La Oficina Antifraude de Cataluña ha emitido una resolución para proteger a una interina que había denunciado corrupción en su trabajo, y lo ha hecho apoyándose en la Directiva Whistleblower 2019/1937 de la Unión Europea, así como en la Ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 

Concretamente, la interina denunció al Ayuntamiento de Barcelona por irregularidades en el nombramiento de funcionarios interinos por supuestos motivos de urgencia y excepcionalidad sin haber sido acreditadas estas circunstancias, y, por otras cuestiones relacionadas con la contratación de personal. 

La denunciante, después de denunciar, comenzó a sufrir acoso laboral y se tomaron represalias contra ella (fue perjudicada en una convocatoria de un proceso de estabilización de plazas). 

La Oficina Antifraude de Cataluña constató a través de fuentes abiertas las diferencias en la puntuación otorgada en el proceso de estabilización, que son alegadas por la denunciante como perjuicio y consecuencia directa de las acciones de represalia, y emitió resolución otorgando a la interina, entre otros derechos, derecho a justicia gratuita, a recibir atención psicológica, a no ser despedida y a no estar con compañeros con los que haya tenido una mala relación. 

MÁS INFORMACIÓN:  https://confilegal.com/20230525-la-oficina-antifraude-de-cataluna-emite-la-primera-resolucion-en-espana-para-proteger-a-una-interina-que-denuncio-corrupcion-en-su-trabajo/

Noticia - Compliance Gral. - España

Desvinculación del Barça en el caso Barçagate

La jueza instructora del caso “#Barçagate” ha decidido no imputar al #FC Barcelona, pero sí al expresidente Josep María Bartomeu y a otros tres ex directivos de la cúpula del Club.

 

El delito por el que el Club estaba siendo investigado era el delito de #corrupción en los negocios, recogido en los artículos 286 y siguientes del #código penal.

 

Tras el levantamiento del secreto de sumario, la jueza instructora de la causa ha establecido que el Club no se puede considerar como posible implicado, sino como un perjudicado.

 

Más información:

https://www.larazon.es/cataluna/20210302/cqicmncusvb7dmpywnekykonqa.html