NOTA INFORMATIVA SOBRE OBLIGACIONES DE COMPLIANCE PARA EMPRESAS QUE OPEREN CON CRIPTOACTIVOS.
La tecnología blockchain aumenta la confianza, seguridad, transparencia y trazabilidad de los datos compartidos en una red empresarial y, además, proporciona a las empresas la posibilidad de obtener nuevas fuentes de financiación, de abaratar costes y de ampliar el acceso a sus servicios a todo tipo de consumidores, tanto grandes como pequeños, agilizando los procesos burocráticos en un ambiente con una alta competitividad.
El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el Reglamento MICA, que regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos, posicionando a Europa a la vanguardia del sector al ser el primer marco jurídico del mundo en la materia.
Las empresas que operen con determinados criptoactivos deberán publicar un white paper con determinada información para obtener la autorización que les exige la CNMV, y, además, deberán cumplir ciertos requisitos prudenciales, establecer procedimientos de detección, gestión y revelación de posibles conflictos de interés, y contar con un procedimiento de gestión de quejas y reclamaciones.
Asimismo, se ha publicado en el DOUE un segundo Reglamento en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (Reglamento TFR: Transfer of Funds Regulation) relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos.
Las empresas tendrán que contar con personal altamente capacitado para comprender los riesgos inherentes a esta nueva tecnología, así como mejorar sus procedimientos de monitoreo de transacciones a través de la implementación de soluciones tecnológicas que garanticen el intercambio seguro y eficiente de la información.
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https://www.expansion.com/juridico/opinion/2023/06/09/64831385e5fdeadb4f8b45f0.html